En Colombia el ISBN está contemplado por la Ley 98 de 1993, artículo 11, la cual establece que: "Todo libro editado e impreso en el país deberá llevar registrado el número estándar de identificación internacional del libro (ISBN), otorgado por la Cámara Colombiana del Libro, sin el cual el editor no podrá invocar los beneficios de esta ley".
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